La Fundación Cerro Navia Joven, la Fundación Cerro Navia y la Fundación de Capacitación Cerro Navia Joven han desarrollado criterios de colaboración basados en sus principios, inspiración y valores. Éstos son aplicados a entidades colaboradoras, donantes y/o socias que deseen aportar al desarrollo de la misión de la organización.
La captación de recursos puede realizarse a través de donaciones en dinero o en especies. En relación a esto, cabe señalar, que los financiamientos de las Fundaciones pueden provenir de recursos públicos: licitados o adjudicados a través convenios, de postulación a proyectos y subvenciones. Y por otra parte, pueden provenir de otras fundaciones, empresas o personas naturales.
Los criterios de captación de recursos resguardan el principio que establece “recibir en forma mediadora los apoyos personales, institucionales y de todo tipo de recursos de fuera del sector”.
Los criterios de mediación de los recursos son:
- Las interacciones y/o colaboraciones con entidades externas deben contribuir al desarrollo de la misión, visión y objetivos de la Fundación para servir a las personas del territorio. Todas las colaboraciones serán analizadas y aprobadas por la dirección de la organización y expresamente confirmadas por su representante legal.
- Todas las entidades que deseen colaborar con la Fundación deberán respetar los derechos humanos.
- Todas las entidades que deseen colaborar con la Fundación no deben generar recursos de procedencia ilegal. No se reciben recursos de narcotráfico o lavado de dinero.
- Todas las entidades que deseen colaborar con la Fundación deberán respetar los ámbitos de acción definidos por los programas.
- Se valorará positivamente aquellas entidades que en su política empresarial incluyan cláusulas de responsabilidad social para favorecer la inclusión.
- No se realizarán colaboraciones con entidades que hayan sido sancionados penalmente.
- No se realizarán colaboraciones con entidades que fabriquen, promuevan y/o potencien productos de drogas ilícitas y/o armamentísticos.
- Se evitarán colaboraciones con entidades que generen exclusión social o que no cumplan con las leyes de inclusión.
- Todos los acuerdos con entidades externas se formalizarán en convenios en los que figure por escrito el objeto de la colaboración y las cláusulas de la misma.
- Todos los acuerdos de colaboración con entidades externas para proyectos a largo plazo deberán ser aprobados por la dirección de la Fundación y comunicado al Directorio.
- Se promoverán relaciones estables de colaboración mediante proyectos que superen el año de duración para poder garantizar una acción de mayor impacto, la generación de buenas prácticas y una rigurosa medición de resultado.
- A los acuerdos de colaboración con entidades se les dará la difusión acordada, a través de las acciones de comunicación de la Fundación.
- A los acuerdos de colaboración con entidades se les dará certificados de donación, según sea el caso, que respondan a las leyes con fines sociales, n°19885 de la Fundación Cerro Navia, una vez aprobados los proyectos por el Ministerio de Desarrollo Social MIDESO.
- A los acuerdos de colaboración con entidades se les dará certificados de la Fundación Cerro Navia Joven que permite la deducción de gastos, articulo 46 D.L 3.036 de 1979.
- Las tres instituciones cuentan con certificación de donaciones acogida a la Ley Covid-19 del año 2020.